Revista CRóNICA10.

martes, 28 de febrero de 2017

Incumple la Ley Faustino Félix y sus empresas

ASUNTO: SE INTERPONE DENUNCIA
CONTRA FAUSTINO FELIX CHAVEZ,
ROGELIO ROBINSON BOURS LUDERS Y CECILIA ANTILLÓN ROSAS.
SERVIDORES PUBLICOS DEL AYUNTAMIENTO DE CAJEME
Y DE OOMAPAS DE CAJEME.


ÓRGANO INTERNO DE
EVALUACIÓN Y CONTROL
GUBERNAMENTAL DE CAJEME.
CD. OBREGÓN, SONORA.-
PRESENTE.-

                                      

                ALEJANDRO DE LA TORRE DOMÍNGUEZ, en mi carácter de  Contribuyente y Ciudadano Mexicano Residente y Vecino de Cd. Obregón, Sonora por el Derecho que me otorga la Constitución Política y las prerrogativas legales del Estado de Sonora vengo con este Escrito presentando DENUNCIA POR MALOS MANEJOS FINANCIEROS E INCUMPLIMIENTO DE LAS RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PUBLICOS MUNICIPALES, VIOLANDO LAS LEYES DEL ESTADO DE SONORA, QUE RECAE SOBRE EL ACTUAL PRESIDENTE MUNICIPAL FAUSTINO FELIX CHAVEZ Y EL ACTUAL TESORERO MUNICIPAL ROGELIO ROBINSON BOURS LUDERS, ADEMÁS DE LA ACTUAL DIRECTORA DEL ORGANISMO OPERADOR DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE CAJEME, CECILIA ANTILLÓN ROSAS, que a continuación Expongo los Hechos, los Actos Ilegales y la Petición para que sean Sancionados y sea evaluado el Daño a Reparar a la Comuna del Municipio de Cajeme: 

HECHOS
1.- FAUSTINO FÉLIX CHÁVEZ y ROGELIO ROBINSON BOURS LUDERS se ostentan desde el 16 de septiembre de 2015 como Servidores Públicos del Ayuntamiento de Cajeme en su carácter de Presidente Municipal y Tesorero Municipal respectivamente. Tienen un sueldo como servidores públicos pagados con el dinero público del Ayuntamiento de Cajeme de 64 mil pesos mensuales y 39 mil pesos mensuales.
2.- FAUSTINO FÉLIX CHÁVEZ es propietario, socio y tiene como familiares y socios a FAUSTINO FÉLIX ESCALANTE Y GILBERTO FÉLIX BOURS que han celebrado CONTRATOS con el Ayuntamiento de Cajeme de sus dos empresas con la razón social TRIBUNA DEL YAQUI, S.A. DE C.V. y EMPRESAS EDITORIALES DEL NOROESTE, S.A. DE C.V. Estas empresas fueron creadas hace más de 50 años y sus dueños iniciales son FAUSTINO FÉLIX ESCALANTE y GILBERTO FÉLIX ESCALANTE cuyos hijos FAUSTINO FÉLIX CHÁVEZ Y GILBERTO FÉLIX BOURS son continuadores y propietarios igualmente de la conducción empresarial y del Consejo de Administración de dichas empresas, el primero de ellos fue también su Director General durante 10 años, desde 2002 a 2012 y el segundo es el actual Director General. El señor FAUSTINO FÉLIX CHÁVEZ viola la Leyes porque está obteniendo beneficios adicionales a las contraprestaciones comprobables que recibe legalmente por el desempeño de sus funciones como Presidente Municipal, está celebrando o autorizando la celebración de pedidos o contratos relacionados con prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra pública, y está interviniendo en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tiene interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquellos de los que pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge o parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, por afinidad o civiles, incluyendo otras diversas faltas que se deben sancionar.
3.- FAUSTINO FÉLIX CHÁVEZ es del mismo modo, PRESIDENTE DE LA JUNTA DE GOBIERNO DEL ORGANISMO OPERADOR MUNICIPAL Y ALCANTARILLADO DE CAJEME, OOMAPASC, y es al mismo tiempo Proveedor del mismo Organismo, ya que es propietario de las empresas TRIBUNA DEL YAQUI, S.A. DE C.V. y EMPRESAS EDITORIALES DEL NOROESTE, S.A. DE C.V. que tienen celebrados CONTRATOS como Proveedores y Prestadores de Servicios con el Organismo que pertenece a la Administración Municipal como una Empresa Paramunicipal descentralizada bajo la rectoría y supervisión del Ayuntamiento de Cajeme violando las Leyes que regulan sus responsabilidades y deberes, y la correcta aplicación de los recursos públicos municipales.
4.- TRIBUNA DEL YAQUI S.A. DE C.V. celebró en 2016 dos Contratos con el Ayuntamiento de Cajeme y con OOMAPAS de Cajeme por 1.8 millones de pesos más IVA, el primero y por 600 mil pesos más IVA el segundo, EMPRESAS EDITORIALES DEL NOROESTE, S.A. DE C.V. celebró dos Contratos con el Ayuntamiento de Cajeme y con OOMAPAS de Cajeme, por 600 mil pesos mensuales más IVA y por 200 mil pesos más IVA. Lo que da un total de 3.2 millones de pesos más IVA, facturados por las empresas de la que es propietario el mismo y sus familiares, el Presidente Municipal FAUSTINO FÉLIX CHÁVEZ.
5.- El Ayuntamiento de Cajeme celebró con Tribuna y Empresas Editoriales del Noroeste dos Convenios que comprenden del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016 en el primero se compromete la parte actora en pagar 150 mil pesos mensuales más IVA y en el segundo 50 mil pesos más IVA al prestador de servicios.
6.- El Ayuntamiento de Cajeme paga mensualmente a Tribuna los Comprobantes Fiscales Facturas números A-3333 y A-3680 por 150 mil pesos mensuales más IVA demostrados con los Recibos Oficiales Internos No. 040220251 y 040220048, 040220134 y paga a Empresas Editoriales del Noroeste por 50 mil pesos mensuales más IVA demostrados con las pólizas de cheque No 0002956 y la Factura A-1048. Sigue pagando todos los meses de 2016 las mismas cantidades con Facturas, Recibos y Pólizas similares que se encuentran en los archivos de la Dirección de Contabilidad de la Tesorería Municipal del Ayuntamiento de Cajeme.
ARGUMENTACIÓN LÓGICA LEGAL
El señor presidente municipal FAUSTINO FÉLIX CHÁVEZ se encuentra incumpliendo con la Ley desde el 16 de septiembre de 2015 a sabiendas de que alguien intentaría revisar su comportamiento al ostentar una doble personalidad como PROVEEDOR y empresario de la comunicación y desempeñarse como la principal cabeza pública de una entidad jurídica autónoma como PRESIDENTE MUNICIPAL del Ayuntamiento de Cajeme.
Estas implicaciones legales no pueden ocultarse porque desde luego cualquier empresario de cualquier ramo que ofrece un producto o un servicio pretendiera convertirse de antemano si la ley lo permitiese en funcionario público o en este caso en la principal autoridad de un Ayuntamiento o de una Entidad Federativa para beneficiarse a sí mismo, a sus familiares o a sus socios y hacer crecer sus ingresos. Si la ley no regulara estos supuestos todos los empresarios pretendieran convertirse en presidentes municipales con el objetivo de autocomprarse cantidades cuantiosas en millones de pesos de sus mercancías en venta, de sus inmuebles o de los servicios que produce en sus empresas, para convertirse sin obstáculos en proveedor mayoritario, contratista o concesionario algo que sanciona en sus conductas la Ley 54 de responsabilidades de los servidores públicos, la Constitución Política del Estado de Sonora, el Código Penal y otras leyes secundarias.
El presidente municipal de Cajeme por esta razón recibe un sueldo de 64 mil pesos que representan una cantidad importante de ingresos para solventar cómodamente sus necesidades materiales y de su familia porque es un sueldo que cubre holgadamente sus gastos personales y su bienestar personal. En este caso además de desempeñar el más alto cargo público municipal es copropietario de una empresa periodística y de radiofusión y es socio de otros propietarios de esas empresas que ocurre que son parte de su familia consanguínea como lo es su ascendiente principal padre y su primo hermano línea directa familiar.
El señor presidente municipal puede decir que estas empresas tienen muchos años ofreciendo y siendo proveedores de publicidad o propaganda a la administración municipal de Cajeme, igualmente podría decir que su medio de comunicación impreso llamado TRIBUNA es el preponderante y por eso debe ser el mayor proveedor del ramo en el municipio, desde antes que entrara como el más alto funcionario público municipal. Sin embargo igualmente un presidente municipal del pasado que era empresario abarrotero podría contratarse a si mismo todos los productos que consumiera le entidad publica llamada Ayuntamiento de Cajeme, así mismo diría un Notario Público de sí mismo como el más connotado de la localidad, o un proveedor de material de construcción que fuera al mismo tiempo Presidente Municipal, o un dueño de empresas de gasolina que fuera alto funcionario público municipal, o un dueño de un hospital que ofrece los más prestigiosos servicios médicos de la región que llegara a un alto puesto público y convertirse en el principal proveedor de ese giro de servicios o un empresario que vende agua embotellada, o un concesionario de automóviles, etc.
De todas las formas posibles y desde cualquier ángulo legal o lógico con que se analice, esto no es aceptable y lo sancionan las leyes, y por eso en este caso específico de que el presidente municipal es al mismo tiempo un proveedor y sus familiares  consanguíneos lo son, que factura anualmente 3 millones 200 mil pesos anuales y al mismo tiempo cobra 768 mil pesos al año de sueldo como edil municipal lo que demuestra y fundamenta que la presente queja es procedente y justificada para que la autoridad contralora responsable actúe y corrija la impunidad con que se maneja el caso de denuncia que nos ocupa contra el alcalde-proveedor.
El sustento de la conducta del presidente municipal Faustino Félix Chávez está enmarcado en la incumplimiento y rompimiento de los preceptos del artículo 63 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Sonora y los Municipios, teniendo la obligación estricta de salvaguardar la legalidad y la honradez en el desempeño de su empleo, rompiendo con el contenido que establece la fracción XVII de dicho artículo cuando obliga a abstenerse celebrar o autorizar celebración de pedidos o contratos relacionados con la prestación de servicios de cualquier naturaleza con quien desempeñe un empleo, cargo o comisión en el servicio público, y aquí el presidente municipal autoriza la celebración de contratos con sus empresas y de sus familiares consanguíneos, rompiendo igualmente con la fracción XVIII donde se establece que debe excusarse de intervenir en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tenga interés personal, familiar o de negocios y evidentemente en la empresa en la que fue director general por una década y de la que su pariente ascendiente en línea directa padre Faustino Félix Escalante ha sido propietario desde hace muchos años. Igualmente cae en los supuestos que suprimen conductas legales marcadas por las fracciones XIX, XXI, XXII, XXIII, XXV, XXVI y XXVII, del mismo artículo de la Ley en mención.
Al cometer estos actos de facturar, contratar, conveniar, con el Ayuntamiento del cual es su Presidente o que las empresas de sus parientes o socios hagan contratos con él mismo, y que asciende a un monto de 3 millones 200 mil pesos más Impuesto al Valor Agregado, que se comprueba con las pruebas documentales que se anexan a la presente denuncia, el Presidente Municipal, el Tesorero Municipal y la Directora de Oomapasc, caen en los supuestos ilícitos, conductas ilícitas por que se derivan automáticamente, incumpliendo y omitiendo con el resto de las Leyes del Estado de Sonora y la violación de la Constitución Política del Estado de Sonora, que observan la eficiencia y la honradez del Servidor Público y la responsabilidades administrativas y las responsabilidades penales que deben ser sancionadas por cometer conductas  inscritas en el Código Penal del Estado de Sonora como son los artículos 190 y 191 que sancionan los delitos cometidos por Funcionarios Públicos de Ejercicio Abusivo de Funciones y de Tráfico de Influencias. Al mismo tiempo estas conductas ilícitas rompen con el cumplimiento de las diversas leyes del Estado como la Ley de Hacienda Municipal, Ley de Obras Públicas, Ley de Gobierno y Administración Municipal, Leyes de Ingresos y de Egresos y otras.
En este contexto igualmente y de las mismas conductas que están al margen de los preceptos legales explicados, deben ser sancionados los servidores públicos ROGELIO ROBINSON BOURS LUDERS que es el Titular de la Tesorería Municipal que permite, autoriza y firma los convenios que están fuera de la Ley con las empresas propiedad del Presidente Municipal o de sus parientes y de CECILIA ANTILLÓN ROSAS que es Directora General del organismo de agua potable que está bajo la tutela del Ayuntamiento de Cajeme, ORGANISMO OPERADOR DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE CAJEME, OOMAPASC que igualmente autoriza y firma los convenios que están fuera de la Ley con las empresas propiedad del Presidente Municipal o de sus parientes.
De esta manera las Autoridades Contraloras del Ayuntamiento de Cajeme, y del Gobierno del Estado deben parar estas conductas ilícitas cometidas por el Presidente Municipal FAUSTINO FÉLIX CHÁVEZ y sus Funcionarios, para resolver de forma rápida, sustanciada y expedita, las sanciones que se ameritan aplicar por cometer responsabilidades sancionadas e ineludibles al romper con el cumplimiento de las Leyes del Estado de Sonora.