Revista CRóNICA10.

lunes, 11 de junio de 2012

Ed. 128. El arrastre Amlo. Políticos Chiruzas. Relato del complot contra López Otero


Candidatos Chiruzas
Por CRóNICA10
La elección para renovar el poder público está a la vuelta. Aquí cerquita.
Después de casi tres años de gobierno estatal y de casi 12 de gobierno federal ambos de “alternancia”, la expectativa por el cambio se encuentra en la boleta electoral.
Más de 37 millones de votos se esperan en las urnas que se repartirán entre los contendientes por el mando federal, y cerca de un millón de votos a distribuirse entre los que compiten por el mando municipal y legislativo en Sonora.
Por otro lado, la fama de institución imparcial del IFE derrumbada con la elección de 2006, permanece sin restablecerse, más aún con la actual crítica de amplios sectores sociales oponiéndose ahora a la imposición de un candidato con la capacidad de influencia y manipulación de la gente que tiene el oligopolio nacional de televisión y cable, que también representa la defensa de los intereses de la oligarquía patronal y trasnacional.
También es grave la desconfianza en el Consejo Electoral de Sonora ya que no rinde cuentas sobre el gasto electoral dispendioso de las campañas de los candidatos que pertenecen al partido en el gobierno PAN y también del PRI.
Este escenario no le dará legitimidad al poder público que salga de la elección del primero de julio. Al contrario, le quita márgenes de maniobra sobre todo por la baja credibilidad en los gobiernos actuales que no cumplieron con la expectativa, generaron mayor encrispamiento de la situación social con la violencia del narco, las escasas expectativas de aumento del empleo, de la prosperidad, de mejor seguridad ciudadana, justicia y concurso de la población en la toma de decisiones. Los gobiernos de la alternancia muestran unos colmillos incluso más autoritarios que los gobiernos anteriores y se vuelven más cínicos, inconscientes y autistas ante los problemas sociales, tanto, que no los entienden o no los quieren entender.
Este contexto se encuentra encubierto por una función mediocre y lambiscona de acaparadoras empresas de comunicación y de una prensa subvencional y banal que no investiga, no critica, no informa, adula, chayotea, chantajea, intimida en la madriguera del poder público, en vez de comprometerse con el interés ciudadano y de rendir información y retroalimentación inteligente que le sirva a una sociedad desarrollada. Al contrario. Las grandes empresas de radio, prensa y televisión viven de la ignorancia, del bloqueo, del atraso comunitario, y del servilismo al poder. Los dueños y los directores de medios engrosan su bienestar, sus cuentas bancarias, se hacen de automóviles, de casas y negocios. Con los abultados presupuestos que destina el gobierno para la publicidad oficial y la manipulación de la opinión pública, ellos se enriquecen monetariamente y empobrecen más al pueblo con el retraso cultural e intelectual. Aclarando que esto no se da en el periodista de abajo, el reportero, el fotógrafo, el entrevistador, que obtiene represión, intimidación, soborno, bajas prestaciones y remuneraciones, maltratos autoritarios y hasta el homicidio.
Por ello el esquema político bipartidario en Sonora no está basado en el concurso de proyectos diferentes, ya que son lo mismo, si no de intereses particulares por la captura del botín. Quítate de beneficiarte tú, para robar yo.
Así es como los políticos profesionales enriquecidos anteriormente, pudieron ser altos funcionarios de un gobierno guinda y después ser candidatos a diputados o alcaldes de un gobierno anaranjado o viceversa.
En el caso del PAN: vieja guardia desplazada por avariciosa nueva camada que llegan a los puestos actuando con los mismos métodos hasta peores que practicó el PRI como partido de estado y ofrece igualmente a ex priístas sus propias candidaturas. Es un sistema que no cambia y reproduce los mismos vicios del pasado.
En el caso del PRI dinosaurios y nuevas larvas de dinosaurios rompen el cascarón para que re erijan los mismos y viejos intereses y esquemas.

Candidatos Chiruzas
A punta de codazos y negras ambiciones: los alhuazanes* a la rapiña del Congreso
*Palabra compuesta de alhuate y holgazán

PANPANAL de Camaleones
La mezcla de partido en el gobierno y partido de la maestra Gordillo se reviste de trapecismo político, de una buena dosis de traición y un incondicional polluelo que ya huele a gallo rancio. La búsqueda del poder por el poder es visible entre el velo de la gesticulación y la media risa. La gran capacidad adquirida por la cámara de diputados en las ultimas 4 gestiones legislativas para manipular y manejar facciosamente millonarios fondos públicos y altas remuneraciones a sus diputados, tiene como lujoso marco la gran ineficiencia para resolver las necesidades de leyes y demandas sociales, para no sancionar la corrupción en los últimos cuatro sexenios, amén del protagonismo adquirido por estos diputeibols a causa del desprestigio de déspotas y corruptos gobernadores de Sonora. La intromisión del incompetente y atroz secretario de gobierno de apellido Romero para aplacar a aspirantes panistas y negociar con el priísta “pan-chito” Villanueva o con el renegado “chanchuy” Félix que aparecían apoyando las marchas antiacueducto y los desplegados contra el gobernador, ahora se cambian de calzón y será un riesgo dentro del Congreso para Padrés ya que se le voltearán sutilmente sobre todo en lo que tiene que ver con el agua del Novillo. El sondeo le da una tendencia al PRI de ganar la alcaldía de Cajeme, y lo haría obteniendo para si los distritos 15 y 18, y por otro lado el PAN ganando los distritos 16 y 17 que los encabezan los expriístas y ex nonovilleros. La fórmula masculina panista, –bueno aquí no damos pie a las sospechas sobre la varonilidad de los candidatos–, en los cuatro distritos cuya cabecera es Cd. Obregón, viola la Ley Electoral sobre el criterio de equidad de género puesto que debieron ser dos mujeres candidatas y dos hombres, pero también viola la credibilidad y confianza sobre estos alhuazanes que tienen los ojos puestos en los 16 millones de pesos que manejarán como diputados en tres años y en las influencias para obtener canonjías y poder personal. También dichas candidaturas fueron maniqueamente armadas de tal forma que tres de los cuatro no tienen su residencia en el distrito del cual son candidatos, también violentando la Constitución Política Sonorense.

Manuel Borbón Holguín
El ex síndico municipal restaurantero de la central camionera y exfuncionario de la secretaria de gobierno, también es sobrino de Chuy Félix y su campaña no ha podido prender en los pueblos tan bastos en distancia de la serranía baja, abandonados y sumidos en las necesidades. Su distrito electoral es el mas grande de Sonora pero la mitad del voto del distrito 18 reside en el norte de Cajeme y en la zona urbana de Cd. Obregón donde se concentra un electorado de clase media y alta, enchilado por el conflicto del acueducto del Novillo.
Jesús Félix Holguín
Político profesional por ambición, pretende cumplir 15 años ocupando puestos de gobierno. Primero con el PRI y luego con el PAN. Muy criticada su fama en 1988 cuando se dice que su campaña a presidente municipal fue financiada por el narcotraficante Félix Gallardo cuya consecuencia fue el desplazamiento dentro de su partido donde no obtuvo nada durante diez años, cambiando de partido y obteniendo de nuevo la alcaldía de Cajeme en 2003. Sus aduladores dicen fue buen presidente pero este argumento se derrumba al no cumplir los tres años de la alcaldía para ambicionar convertirse en diputado federal cuyo desempeño no tuvo pena ni gloria en San Lázaro a pesar de los 10 millones de pesos que obtuvo de dietas. Anti novillero, de repente cambia de postura y recatado, no toca el tema en su discurso. Prestidigitador de la pose y la apariencia política.
Francisco Villanueva Salazar
Pateado por su progenitor político Ricardo Bours, cambia de color entre la critica de traición y rencor. Con la gran sombra de la perdida de 13 millones de pesos de recursos municipales depositados en una inversión en la bolsa de valores cuando fue alcalde, sigue siendo este un caso sin transparencia, seguido con una demanda en la PGR. Dicen fue recuperado el dinero pero incompleto, ya que los abogados cobraron al municipio mas de 3 millones de pesos en el litigio. Igualmente protagonista en las protestas contra el acueducto del Novillo, ahora es beneficiario en su campaña para diputado de excesivos recursos que le depositan para la propaganda, quien sabe que donatario. Pisoteó derechos de otros panistas para ocupar la candidatura gracias al cochupo que se aventó con el mencionado Romero.
Raúl Castelo Montaño
El año pasado, el incondicional del gobernador Padrés,  –Pollito le dicen aunque sea gallo incocinable–, estuvo a un paso de pisar la cárcel junto a su colega Alfonso Valenzuela Segura por tener cuentas mochas en los recursos públicos destinados a proyectos productivos. Ambos pertenecieron al PRD hasta que se hicieron amigos de Calderón y de Padrés. Acusado también por supuestos excesivos beneficios obtenidos del programa Fonaes, el Pollo tiene fama de obtener hasta el 25 por ciento de cada financiamiento ganadero o productivo para los “gastos técnicos”. Todo mundo sabe y le consta, que Raúl Castelo ha vivido siempre en el campo 30, ubicado en el distrito 17 electoral, pero para incluir al Chuy Félix como candidato cambia su residencia o dice que la cambió, así como también lo hizo el Panchito Villanueva para decir que vive en el Plano Oriente. Raudo y veloz saca la carta de residencia expedida por el ayuntamiento de Cajeme donde consta que vive al sur de la calle 300. Esta carta de residencia se expide con dos testigos, es su única condición para otorgarla. Que le aproveche.


PRI en busca del fósil extraviado
Es una hipótesis imbatible la que dice que el PRI de Beltrones, de Bours, del viejo cuño arraigado en las costumbres políticas sumisas y resignadas del pueblo mexicano a aceptar que los gobernantes hagan beneficios "no le hace que roben", de las componendas, del aparato déspota, del contubernio entre priistas que se hacen empresarios y empresarios que se hacen priístas bajo la férula de la corrupción. Costumbres que no fueron aniquiladas por que los panistas al arribar al gobierno hacen lo mismo. Y ese sistema sin desbaratar, al sobrevivir regresa recompuesto, en busca de lo que fue suyo gracias a la incompetencia para actuar con honradez y único afán de servicio que otros partidos han reproducido como si la historia estuviera destinada a no evolucionar. El oligopolio televisivo tiene gran parte de la culpa, así como los grandes medios regionales que hacen regresar al PRI, pero no radica ahí unicamente la causa. El PRI regresa por que el PAN fracasa, y  porque la izquierda no se vuelve una real opción de gobierno. El PRI pierde en Sonora en 2009 por las consecuencias del trágico incendio de la guardería en que mueren tantos bebes, que descubrió al “prestigioso empresario” Bours como un super corrupto al grado del crimen junto a sus funcionarios recomendados. La subrogación de la guardería entregada a sus allegados solo es una pequeña muestra pero trágica, de la red de peculado y trafico de influencias boursistas en todos los campos, entre negociantes y poder público. El PRI resurge por los desastres panistas en el ejecutivo estatal y en los ayuntamientos, pero también por las inercias e ignorancias de un pueblo agachado al poder que le gusta masoquistamente que lo manden y pateen. El PRI haciendo lo mismo que el PAN al no respetar la equidad de género en el reparto de cuatro distritos electorales que corresponden a Cajeme, los cuatro machos candidatos es evidente tuvieron el beneficio dedal del cacique Ricardo Bours. Sin embargo a pesar de que tengan resultados a su favor en el sondeo de tendencia electoral por la alcaldía, solo dos distritos podrían estar a su favor: el 15 y el 18. Esto por la experiencia para aterrizar campañas de los dos ex alcaldes ex priístas y como dice el refrán para que la cuña apriete debe ser del mismo palo.

Abraham Montijo
Priista de “hueso colorado” es candidato al distrito 18 electoral que comprende Rosario, Yécora, Ónavas, Suaqui Grande, San Javier, Soyopa, Bacanora, Arivechi, Sahuaripa, Nácori Chico, Bacadéhuachi, Tepache, San Pedro de la Cueva, Mazatán, La Colorada, Huásabas, Granados, Divisaderos y Villa Pesqueira, todos estos municipios juntos suman 28 mil votos, el 58 por ciento de los votos ejercidos en 2009, el resto de los votos corresponde al municipio de Cajeme donde un amplio sector sobre todo la zona norte de la ciudad, alrededor de 15 mil votos, imperará el voto de castigo “no al novillo” que podría darle la mayoría al exdirector del Cecytes, promotor del movimiento de no al novillo y pariente político de la familia Bours.
Eduardo Castro Luque
La fama del candidato al distrito 17 la adquiere como propietario de una empresa de mercadeo y publicidad, vendiéndole a los gobiernos de Sonora y de Cajeme costosas campañas publicitarias y espacios en el estadio de beisbol desde el año 2000; también a la Expo Obregón, A.C. y contratista de Oomapasc durante el trienio del exalcalde Villanueva.  Sus exitosas ideas en el club yaquis generaron el aumento de aficionados y a la postre un negocio rentable que sirvió para impulsar al equipo de beisbol local obteniendo dos títulos de campeón.  Igualmente es proveedor de publicidad de la cervecería modelo cuyo gerente Arturo Rodríguez también es candidato priista a regidor. Si obtiene la diputación hay que seguir muy de cerca su desempeño y los medios que buscará para el mejoramiento de su empresa de marketing. Apoyado por Ricardo Bours se quedó vestido y alborotado hace tres años cuando pretendía la misma curul, lamentablemente para el, de nuevo se enfrenta a otro ocursante mas difícil de tumbar, el neo panista y también comerciante Chanchuy Felix.
Abel Murrieta Gutiérrez
Director de la policía, secretario del ayuntamiento, subsecretario de gobierno, procurador de justicia con Bours y Padrés, Murrieta es un encubridor, un reproductor del sistema abusivo, opresor y arbitrario para someter judicialmente al pueblo, para perseguir los delitos pequeños y medios pero no los delitos cometidos por la gente del poder, como el caso de la guardería ABC. Siempre funcionario, es la primera ocasión que compite por un cargo de elección popular en este caso el distrito 16 electoral contra otro boursista Pan-chito Villanueva. Recatado, sin dotes oratorias, voz concertadora e introvertida a causa probablemente de sus 7 años de función discrecional como Fiscal, Murrieta su único papel dentro del Congreso sería el de un alfil de los Bours y gracias a la influencia dejada dentro del cuerpo ministerial y policiaco seguir moviendo sus piezas al interior. Pero su oponente a pesar de no diferenciarse sustancialmente de su proyecto, tiene cierta delantera por ser un mañoso electoral.
Alfredo Carrasco 
El ex regidor cenecista “Fredy” no tiene la mínima credibilidad por tener un sector ejidal destruido, rentado, con campesinos olvidados y empobrecidos, con jornaleros en el filo de la explotación y la marginación. Afortunadamente para el, ante el crecimiento de la simpatía por el candidato a la alcaldía Díaz Brown en todo el sur del municipio, tiene posibilidades y por corto margen de obtener la mayoría de votos en el distrito 15.

Encuesta rumbo al 1 de julio. 10 al 12 de junio 2012.
Aplicada aleatoriamente a 100 ciudadanos cajemenses. 
51 hombres y 49 mujeres de 18 a 60 años de edad.
Con domicilios en 22 colonias y poblados del municipio

Elección para Ayuntamiento de Cajeme
Jesús Cózari Cuevas PT – 1%
Rogelio Díaz Brown Ramsburgh PRI – 59 %
Eloísa Flores García PAN – 36 %
Ascención López Durán PRD – 4 %
Adalberto Rodríguez PMC – 1%

Elección Presidencia de la República
Andrés Manuel López Obrador – 64 %
Enrique Peña Nieto – 15 %
Josefina Vázquez Mota – 16 %
Gabriel Quadri de la Torre – 5 %
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Eloísa escurridiza (o del Transporte ni me acuerdo, ya soy candidata)
Por Miguel Angel Avilés 
Se llama Eloísa Flores García y ahora aspira a ser Presidenta Municipal de Cajeme. Por fin la he vuelto a ver este miércoles cuando por accidente sintonicé el canal donde se transmitía eso que el Consejo Estatal Electoral  llama debate, pero que no es otra cosa más que  la exposición ambigua  de improvisaciones y ocurrencias de los respectivos candidatos.
Pero es una oportunidad más para lucirse sin riesgo alguno porque están prohibidas las alusiones personales y cualquier señalamiento sobre su ejercicio público, así sea con evidencias,  el aludido o la aludida acusará denostación y eso será suficiente para que sus artificios sigan su curso, y nadie sea exhibido como charlatán, corrupto,  o incumplido en sus anteriores encargos. Eso, dicen, es descalificación, y con cinismo le dan vuelta a la página antes que alguien llegue y les recuerdo lo inútil que resultaron como representantes populares a la hora de atender un tema en particular.
Flores García, quien ante las cámaras se emociona y gesticula y manotea y predica como si en realidad estuviera diciendo cosas de suma importancia y habla  como el gober pero en femenino, durante los tres años como diputada del Congreso del Estado por el Partido Acción Nacional, se la pasó de aquí para allá de una tribuna a otra  pero fue incapaz en este tiempo de sacar adelante un asunto tan sentido que dentro de la esfera de su competencia  tenia encomendado como lo es el servicio de transporte urbano, ese mismo que hoy se encuentra en crisis.  
Como presidenta de dicha Comisión, prefirió acumular justificaciones y promesas más que buenos resultados y, llegado el tiempo, como muchos otros legisladores, puso pies en polvorosa y se fue muy oronda como candidata seguramente a mentir o a pavonearse de lo que no hizo con tal de alcanzar inmerecidamente un nuevo escaño.
Esta noche la oigo y constato que no ha cambiado. Esta noche la oigo y advierto que no tiene empacho en perderse en generalidades y prometer sin recato lo que seguramente, de acuerdo a lo que le vimos como diputada, no cumplirá. Para el Soliloquio es buena, aquí lo constatamos cuando le ponían una grabadora enfrente y se le preguntaba sobre ese tema, tan de muchos intereses, que tenía como presidenta de esa comisión. Agarraba vuelo y no paraba, pero si algún reportero la interrumpía o le preguntaba algo escabroso al respecto se le iba encima encolerizada, tal como le sucedió al columnista Arturo Soto cuando osó preguntarle si los encargados de hacerlo, acordarían que los aparatos de refrigeración en las unidades del transporte se encendieran en diciembre y desde cuándo no abordaba un camión urbano.
Pero esa señora que a cuadro se ve aparentemente tan amable y cumplidora ya se fue y ahora serán los cajemenses quienes decidirán si le dan un voto de confianza o de plano ya no le pasan otros mas de sus compulsiones demagógicas    
Cuando en 2009 fue candidata a la diputación el lema que ella traía en campaña decía "Ver por ti". Algunos ciudadanos dicen ahora, de acuerdo a lo que han visto, que ese lema en realidad se debió de llamar “Ver por mi” pues, a no ser para posicionar su  actual candidatura, poco hizo por el distrito que representaba aunque por zalamerías no paró cuando era necesario embelecar a sus posibles votantes.
Para que otros no resientan sus engaños, como los usuarios del transporte aquí le vimos, paso a citar algo de lo que decía durante el tiempo que tuvo los reflectores de los medios de comunicación con respecto a ese tema:
“Próximamente los cambios en el transporte urbano se verán reflejados en mejores unidades y buen servicio", señaló la diputada local del Partido Acción Nacional (PAN), Eloísa Flores García.
La presidenta de la comisión de transporte en el Congreso del Estado, justificó la falta de resultados del llamado programa “modernización del transporte”, presentado por el gobernador Guillermo Padrés Elías, debido a que acaba de entrar en vigor:
“El subsidio se le está otorgando al usuario, entonces estamos en el período de ajuste, de cambios, estamos con el usuario, sabemos que todavía no se ve en los hechos el resultado, también estamos seguros que muy pronto se verá”, expresó.
Por último Flores Torres, indicó que conforme vaya avanzando el programa de transporte, los resultados saltarán a la vista.
Sobre la factibilidad de un aumento a la tarifa del servicio respondió que "eso se definirá hasta que se cuente con el estudio técnico, el cual no se ha concluido por la falta de facultades legislativas, para analizar no sólo las finanzas de carácter público, sino también los ingresos privados”. 
Pero nada de esto pasó y, sin cumplir sus palabras,  Eloísa se fue muy ufana, tan campante, apartándose lo más lejos posible de este tema, escurridizamente. 

Complot contra Abraham López Otero
Relación de Hechos

Abraham López Otero se encuentra actualmente recluido en el Centro de Readaptación Social de Ciudad Obregón por que dos mujeres Claudia Guadalupe Leyva Ortega y su hija Dania Osuna Leyva sus vecinas en Ciudad Obregón se pusieron de acuerdo el 22 de octubre de 2009 sobre el propósito y objetivo de aprenderlo según su declaración en el Ministerio Público ese mismo día.
Sería aprehendido por la Policía Estatal Investigadora comandada por el Agente Especializado en Delitos Sexuales y Violencia Intrafamiliar pero obviamente dentro del plan de ambas mujeres coordinadas por el mismo MP.
Pastor de la Iglesia de Dios, locutor y periodista sufre discriminación por motivos religiosos en virtud de que no hay registros legales de la existencia de ningún sacerdote católico que haya sido puesto en prisión por acusaciones sexuales ni mucho menos que se les haya sentenciado y condenado a casi doce años de prisión, ni aun que se les haya seguido un proceso penal. 
Asimismo por el medio en que se desenvolvía del periodismo, tocó intereses sensibles de ciertas personas, con sus  opiniones políticas y manifestó su preferencia hacia cierto partido político y también fue discriminado por sus opiniones o inclinaciones políticas.
Todo esto trajo como consecuencia que se le haya seguido un procedimiento de averiguación previa viciado desde el 22 de octubre de 2009 iniciando con una querella por estupro ante la el Ministerio Publico especializado en Delitos Sexuales de Ciudad Obregón.
Ambas personas declararon y confesaron haberse puesto de acuerdo en operar para  aprender a López Otero, para eso iban a emplear los mensajes de celular y llamadas del mismo.
Tal parece que ellas fueron aleccionadas, asesoradas y aconsejadas por el  Agente del Ministerio Público especializado en Delitos Sexuales y Violencia Intrafamiliar de Ciudad Obregón de nombre Estela Rojo López y su Secretario de Acuerdos de nombre Rosendo López, ante quienes ambas personas ya habían interpuesto la querella por el delito de Estupro.
Pero tal parece que ninguna de estas personas les satisfacía la penalidad por este delito sino que fueron por un delito de más elevada penalidad y querían a Abraham hundido en la cárcel y fueron por el delito de TRATA DE PERSONAS.
Para esto Dania consulta todas sus decisiones a Claudia manteniéndole informada de todos los detalles de comunicación con Abraham López Otero esto se registra en la Ampliación de declaración de 4 de noviembre de 2009. 
Esta le sugiere que le mande mensajes a Abraham López y se los conteste y que lo ponga de acuerdo para que se vean en un hotel.
Dania obedece instrucciones de su madre y le dice a Abraham que quiere tener relaciones sexuales con él, aunque no es cierto, en virtud de que Dania nunca tendría relaciones sexuales con Abraham .
Ambas se ponen de acuerdo para mantenerse comunicadas durante el trayecto al hotel y desde el interior del mismo. Claudia se mantiene en comunicación con el Ministerio Público para que aprehendan a Abraham López en el motel. Dania desde el interior del baño le habla a su mamá estando vestida. El Ministerio Público y la Policía Estatal Investigadora aprehenden a Abraham López Otero.  
La escena: dos hombres semidesnudos, una caja de cigarros, preservativos, película pornográfica, dos botellas de bebida sky. Era exactamente la escena planeada y así ocurrió.
Como es evidente, todo estaba planeado, no se dio el delito de Trata. Dania no sufrió ningún daño sicológico en virtud de que no era víctima. Todo estaba planeado y premeditado cuidadosamente para aprehender a Abraham López Otero y fincarle el delito de TRATA DE PERSONAS Y CORRUPCION DE MENORES.
Este es el inicio de la planeación del delito. Después vinieron las consecuencias, la puesta en escena en el hotel el caminante, la llegada de la policía, de la detención, los golpes, el arraigo y la consignación por el delito de trata de personas y corrupción de menores, el auto de formal prisión, y ahora la sentencia condenando a Abraham López Otero a once años once meses, en abierta violación a los artículos 1, 14, 16 y 17 Constitucionales. 
DOS
Con fecha 22 de octubre de 2009 la señora Claudia Guadalupe Leyva Ortega interpone una querella y/o denuncia por el delito de estupro en contra del suscrito ante el Agente del Ministerio Público especializado en delitos sexuales y violencia intrafamiliar.
TRES
Dania Osuna su hija rinde su declaración ante dicha autoridad. Cabe señalar que ambas personas se contradijeron sustancialmente en sus declaraciones. Ya Dania expresa su deseo y el de su madre de aprehender al suscrito y agravar su situación fincándole un delito de más gravedad que el estupro.Para esto Dania consulta todas sus decisiones a Claudia manteniéndole informada de todos los detalles de comunicación con Abraham López Otero.
Esta le sugiere que le mande mensajes a Abraham López y se los conteste y que lo ponga de acuerdo para que se vean en un hotel.
Dania obedece instrucciones de su madre y le dice a Abraham que quiere tener relaciones sexuales con el, aunque no es cierto, en virtud de que Dania confesó que nunca tendría relaciones sexuales con el suscrito. Se ponen de acuerdo para mantenerse comunicadas durante el trayecto al hotel y desde el interior del mismo. También Claudia se mantiene comunicada con el Agente del Ministerio Público en Delitos Sexuales y Violencia Intrafamiliar para que aprehendan a Abraham López en el motel.
CUATRO
El 4 de noviembre de 2009 aprehenden a Abraham López Otero y a Oscar Ortiz Covarrubias. Era exactamente la escena deseada y planeada por Claudia Guadalupe Leyva Ortega y su hija Dani y así ocurrió. Dania desde el interior del baño le habla a su mamá estando vestida.
CINCO
En su ampliación de declaración Dania Osuna específicamente en la foja 88 dijo lo siguiente: “YO NO QUERÍA TENER RELACIONES SEXUALES CON ABRAHAM  NI CON SU AMIGO FERNANDO Y NUNCA LO HARIA…”
Específicamente Dania estaba diciendo que ella no era sometida a explotación sexual, ni estaba siendo inducida o convencida por el suscrito y nunca sería víctima por lo que no se estaba dando la hipótesis del artículo 301-J del Código Penal del Estado de Sonora:
“ARTÍCULO 301-J.- Comete el delito de trata de personas quien para sí o para un tercero induzca, procure, promueva, capte, reclute, facilite, traslade, consiga, solicite, ofrezca, mantenga, entregue o reciba a una persona recurriendo a la coacción física o moral, a la privación de la libertad, al engaño, al abuso de poder, al aprovechamiento de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para someterla a explotación o para extraer sus órganos, tejidos o sus componentes. Para efectos de este artículo se entenderá por explotación el obtener provecho económico o cualquier otro beneficio para sí o para otra persona, mediante la prostitución ajena u otras formas de aprovechamiento sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o la mendicidad ajena.”
Sin embargo, todo esto no lo vio ni lo analizó el Juez Cuarto Penal de Primera Instancia de Ciudad Obregón, incurriendo en delitos en contra de la administración de justicia.
ARTÍCULO 193 DEL CODIGO PENAL DEL ESTADO DE SONORA:
193.- Son delitos cometidos contra la administración de justicia, cometidos por servidores públicos los siguientes:
VI.- “Dictar u omitir una resolución o un acto de trámite violando algún precepto terminante de la ley, o contrario a  las actuaciones de un juicio, y siempre que se obre por motivos inmorales y no por simple error de opinión.”
 VII.- Retardar o entorpecer maliciosamente o por negligencia la administración de justicia.”
Esto último en virtud de que lo argumentado por el Juez en el auto de formal prisión solo lo transcribió en la parte de consideraciones de la sentencia, evadiendo analizar las constancias de autos retardando así la administración de justicia en perjuicio del suscrito.
Dania declaró que nunca tendría relaciones sexuales con dicha persona y nunca lo haría, sino su único propósito en acuerdo con su madre era aprender al periodista en delito, lo cual es antijurídico y delictuoso, esto es, planearon aprehenderlo mediante una simulación de actos o hechos jurídicos ilegales, tales como fabricación de pruebas para implicar al suscrito en delito, planeado esto desde el 22 de octubre de 2009 fecha de presentación de la querella en la que Dania dijo ante el Agente del Ministerio Publico Especializado en Delitos Sexuales y Violencia Intrafamiliar que “…hace dos días, yo cité a ABRAHAM para vernos, YO LE DECÍA QUE QUERÍA VOLVER A TENER RELACIONES CON ÉL, QUE PARA PASARLA YO BIEN (LO CUAL ERA FALSO), PERO ESO SE LO DIJE POR MENSAJES  Y PORQUE ADEMAS YO LO QUERIA AGARRAR EN LOS HECHOS.”
“MI MAMÁ ME DIJO QUE VOLVIERA A CITAR A ABRAHAM  PARA QUE ELLA NOS AGARRARA EN EL MOTEL y yo no tener nada que ver con esos hechos, PERO ABRAHAM NO ME CONTESTABA MIS MENSAJES….”
SEIS
Lo grave de todo esto es que EL AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO ESPECIALIZADO EN DELITOS SEXUALES Y VIOLENCIA INTRAFAMILIAR,  ACCEDIÓ A EL PLAN QUE TENÍAN DANIA GUADALUPE Y CLAUDIA GUADALUPE LEYVA ORTEGA, ACEPTANDO TALES HECHOS FALSOS Y DANDOLE SEGUIMIENTO A UNA FALSA QUERELLA Y FALSAS DECLARACIONES.
SIETE
Refuerza lo anterior la pregunta hecha en ampliación de declaración de 16 de enero de 2010 a Dania Osuna Leyva, en la que se le preguntó lo siguiente: “Que diga la declarante si la idea de agarrar o detener en los hechos a los acusados salió del pensamiento de otras personas aparte de su mamá?" y ella responde: "no nada mas mi mamá y yo nos pusimos de acuerdo".
Pero en realidad no lograron crear el delito de trata de personas si ese era su propósito, en virtud que con sus propias palabras ellas declararon la inexistencia del acto sexual, la inexistencia del delito de TRATA DE PERSONAS, la inexistencia de una víctima, la inexistencia de un daño, la inexistencia de una responsabilidad penal.
Al contrario se aprecia la existencia de una planeación del delito, de impunida, de fabricación de pruebas y de culpables, de falsedad de declaraciones, de acuerdo para delinquir. 
Asimismo es evidente la existencia del delito de Abuso de Autoridad, Ejercicio indebido de funciones, Delitos contra la Procuración contra la justicia, cometidos por el Agente del Ministerio Público y agentes de la Policía Estatal Investigadora. 
Asimismo es evidente la existencia del delito Contra la Administración de Justicia cometidos por el Juez Cuarto Penal. 
¿En qué estado de derecho vivimos en que se permite la creación y fabricación de delitos y creación y fabricación de pruebas?, ¿Es permitida la fabricación de delitos y pruebas en el Nuevo Sonora a fin de hundir a una persona?
OCHO
En el presente caso existe Impunidad por parte del Ministerio Publico especializado en Delitos Sexuales y Violencia Intrafamiliar, al no proceder contra ambas personas y creerle a todo lo que ellas dijeron, cuando no son dignas de veracidad y credibilidad según se analiza más adelante, incurriendo así en lo que dispone el artículo 180 del Código Penal del Estado de Sonora: “VIII.- Procurar la impunidad de los delitos o faltas de que tengan conocimiento en el ejercicio de sus funciones, absteniéndose de hacer, inmediatamente la denuncia de los hechos o entorpeciendo su averiguación.”
NUEVE
Asimismo el Juez Cuarto Penal dejó de aplicar el derecho  cuando fue evidente que Claudia y Dania se condujeron con falsedad, lo cual de haberlo hecho hubiera cambiado el sentido de la resolución dictada. En efecto dejó de aplicar los siguientes artículos:
El artículo 244 del Código Procesal Penal Sonorense establece que siempre que se examine a una persona cuya declaración sea sospechosa de falta de veracidad, se hará constar esto en el acta.
El artículo 246 del Código Procesal Penal Sonorense establece que si de lo actuado apareciere que algún testigo se ha conducido con falsedad, se mandarán compulsar las constancias conducentes para la investigación de ese delito y se hará la consignación al Ministerio Público…si en el momento de rendir su declaración el testigo, apareciere que es manifiesta la comisión del delito de falsedad, será detenido desde luego y consignado al Ministerio Público.

DIEZ
Como es evidente, todo estaba planeado, no se dio el delito de trata de personas. DANIA no sufrió ningún daño sicológico en virtud de que no era víctima.
Todo estaba planeado y premeditado cuidadosamente para aprehender a Abraham López Otero y fincarle el delito de TRATA DE PERSONAS Y CORRUPCION DE MENORES mediante un plan siniestro y maquiavélico.
ONCE
Este es el inicio de la planeación del delito por Claudia y Dania, después vinieron las consecuencias, la puesta en escena en el hotel el caminante, la llegada de la policía, de la detención, los golpes, el arraigo y la consignación por el delito de trata de personas y corrupción de menores, el auto de formal prisión, y ahora la sentencia condenando a ABRAHAM LOPEZ OTERO A ONCE AÑOS ONCE MESES.
LO ANTERIOR NO ES UNA ESCENA DE UNA PELÍCULA O EL GUIÓN DE UNA PELÍCULA, ES REAL, SON HECHOS QUE CONSTAN EN EL EXPEDIENTE 349/2009 DEL ÍNDICE DEL JUZGADO CUARTO PENAL DE CIUDAD OBREGÓN, SONORA. 
DOCE
Le fueron inflingidas lesiones, intimidación, y coacción al acusado y el juez omitió recibir las pruebas para demostrar tales hechos.
En la foja 153 el Juez Cuarto determinó lo siguiente: ”el mismo omitió demostrar tales circunstancias, esto es, que fue emitida su declaración existiendo coacción”…
Sin embargo desde la AMPLIACION DE DECLARACION de fecha 14 de diciembre de 2009 Abraham dijo:
 “1.- El suscrito fue golpeado por agentes de la Policía Estatal Investigadora durante su detención el 4 de noviembre de 2009, como consta en autos que recibí lesiones, por lo que mi declaración no es válida, según lo dispone el artículo 20 Constitucional fracción II, por haber sido hecha bajo coacción.
No se me permitió hacer uso del teléfono. Los agentes señalados me intimidaron y golpearon. Los dos primeros días de mi detención se me tuvo sin comer y el LIC. ROSENDO LOPEZ de la Agencia del Ministerio Publico me estuvo intimidando y torturando sicológicamente durante el interrogatorio y declaración. Decía que iba a salir dos minutos y tardaba como dos horas.
La Policía Estatal Investigadora (agentes encapuchados) sembró los condones, prendió la tele en canal pornográfico, nos puso boca abajo a mí y a OSCAR FERNANDO ORTIZ COVARRUBIAS, pero yo alcancé a ver lo que hacían.
Me golpearon tal como se certificó, un dedo dislocado, golpes en la cara, en el brazo, estómago, puntapiés en los muslos, a la hora de interrogarnos ya tenían todo listo, nada más nos hicieron firmar, a través de presión, sin dejarnos dormir, sin agua, sin comida, sin ir al baño, escribían lo que ellos querían. El Secretario de Acuerdos Rosendo López de la Agencia del Ministerio Público especializada en Delitos Sexuales y Violencia Intrafamiliar y decían:”fírmalo si quieres desocuparte, no necesitan ni leerlo, lo mismo da”.
Me llevaron al ARRAIGO después de 2 días de martirio y tortura sicológica e intimidación y obligado a declarar, me sacaban del ARRAIGO para pasearme por la ciudad cambiando en ocasiones ruta.
En efecto, en el presente expediente existen dictámenes de lesiones que presentó el suscrito.
De que fue hecha ante el Agente del Ministerio Publico ya narré como el LIC. ROSENDO LOPEZ me estuvo intimidando y torturando sicológicamente.
No se le permitió al abogado que nombré al LIC. JOSE ALBERTO GONZALEZ LLAMAS acceso al expediente por lo que no pudo aportar pruebas dentro del periodo constitucional ni en la averiguación previa.
Es por eso que yo estaba como adormecido cuando supuestamente rendí mi declaración y se le pusieron cosas tales como que me pago TRESCIENTOS CINCUENTA PESOS OSCAR POR DANIA, lo cual nunca dije. Los Agentes de la policía Estatal me decían que dijera que era cierto el delito para salir más pronto, por lo que se dio intimidación. Pero los hechos que se narran en la querella y se me imputan son falsos.
Por lo que no se cumplieron los requisitos que establece el artículo 276 del Código Procesal  Penal del Estado de Sonora para considerar que hay prueba plena en la confesión:
“271.- La confesión hará prueba plena cuando concurran las circunstancias siguientes:
”I.- Que se haga por personas mayor de dieciocho años, con pleno conocimiento y sin coacción ni violencia.
II.- Que no haya datos, a juicio del Tribunal, que lo hagan inverosímil.
III.- Que sea hecha ante el Ministerio Publico o el Tribunal de la Causa, con la asistencia de su defensor o persona de su confianza y que el inculpado esté debidamente informado del procedimiento. La confesión por sí sola en todo caso será insuficiente para acreditar el cuerpo del delito.
El suscrito fue golpeado por agentes de la Policía Estatal Investigadora durante su detención el 4 de noviembre de 2009, como consta en autos que recibí lesiones, por lo que mi declaración no es válida, según lo dispone el artículo 20 Constitucional fracción II, por haber sido hecha bajo coacción:
 “II.- No podrá ser obligado a declarar. Queda prohibida y será sancionada por la ley penal toda incomunicación, intimidación o tortura. La confesión rendida ante cualquier autoridad distinta del  Ministerio Publico o del Juez, o ante estos sin la as asistencia de su abogado defensor carecerá de todo valor probatorio”. No se me permitió hacer uso del teléfono. Los agentes señalados me intimidaron y golpearon. 
Dicha actuación es violatoria de la Convención contra la tortura, u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, ratificado por México el 23 de enero de 1986 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de marzo de 1986, la cual establece en su artículo 12:
 “12.- Todo Estado parte velará porque siempre que haya motivos razonables para creer que dentro de su jurisdicción se ha cometido un acto de tortura, las autoridades competentes procedan a una investigación pronta e imparcial.
13.- Todo Estado parte velará porque toda persona que alegue haber sido sometida a tortura en cualquier territorio bajo su jurisdicción tenga derecho a presentar una queja y a que en su caso sea pronta e imparcialmente examinado por sus autoridades competentes. Se tomarán medidas para asegurar que quien presente la queja y los testigos estén protegidos contra malos tratos o intimidación como consecuencia de la queja o del testimonio prestado.
 “1.1.- A los efectos de la presente Convención, se entenderá por el término tortura, todo acto por el cual se inflija intencionalmente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia.
 “4.1.- Todo Estado parte velará porque todos los actos de tortura constituyan delitos conforme a su legislación penal. Lo mismo se aplicará a toda tentativa de cometer tortura y a todo acto de cualquier persona que constituya complicidad o Participación en la tortura.” 
Sin embargo en el presente caso el Juez Cuarto Penal omitió hacer una investigación pronta y eficaz habiendo tenido conocimiento de lesiones en el suscrito certificado por médico legista, propiciando así la impunidad.
La intimidación y la coacción, que se describen en el artículo 1 de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, incluidas las amenazas graves y creíbles a la integridad física de la víctima o de un tercero, así como las amenazas de muerte, pueden equivaler a tratos crueles, inhumanos o degradantes o a tortura;
La prolongación de la detención en situación de incomunicación puede facilitar la perpetración de actos de tortura y constituir en sí una forma de trato cruel, inhumano o degradante o incluso de tortura, e insta a todos los Estados a respetar las salvaguardias relativas a la libertad, la seguridad y la dignidad de la persona;
Con fecha 15 de diciembre de 2009 se ofrecieron las siguientes pruebas para demostrar que el suscrito fue coaccionado y golpeado:
 “5.- INFORME DE LA POLICIA ESTATAL INVESTIGADORA con domicilio en esta Ciudad para que informe lo siguiente:
5.1.- Si el C. ABRAHAM LOPEZ OTERO fue golpeado durante la detención el día 4 de noviembre de 2009.
5.2.- Si el C. ABRAHAM LOPEZ OTERO fue torturado durante el arraigo o durante su declaración.
5.3.- El nombre de los policías que llevaron a cabo la detención.
Lo anterior toda vez que dicha persona según consta en expediente presenta lesiones y refiere haber sido golpeado para rendir su declaración y durante la detención.
 “6.- INFORME DE LA C. AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO DE LA CAUSA ESPECIALIZADO EN DELITOS SEXUALES Y VIOLENCIA INTRAFAMILIAR con domicilio en esta Ciudad para que informe lo siguiente:
6.1.- Si el C. ABRAHAM LOPEZ OTERO fue coaccionado para rendir su declaración.
6.2.- Si el C. ABRAHAM LOPEZ OTERO fue golpeado durante la detención el día 4 de noviembre de 2009.
6.3.- Si el C. ABRAHAM LOPEZ OTERO fue torturado durante el arraigo o durante su declaración.
6.4.- El nombre de los policías que llevaron a cabo la detención.
Sin embargo en el presente caso el Juez Penal omitió hacer una investigación pronta y eficaz a pesar de haber tenido conocimiento de lesiones en el suscrito certificado por médico legista, dictó el siguiente acuerdo:
 “POR LO QUE RESPECTA AL SEGUNDO Y TERCER INFORME DÍGASELE QUE EN AUTOS NO HA QUEDADO DEMOSTRADO CON LAS ACTUACIONES APORTADAS POR LA AUTORIDAD MINISTERIAL QUE EL MISMO NO FUE COACCIONADO PARA DEPONER COMO LO HIZO, SIENDO POR LO CUAL SU PETICION RESULTA TENERSE COMO IMPROCEDENTE.”
Por lo que en el presente caso el Juez omitió lo siguiente:
A.- Atender rápida e imparcialmente la denuncia de torturas u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
B.- Procurar que las personas que fomentaron, ordenaron, toleraron o cometieron actos de tortura los cuales son evidentes del certificados de lesiones  deben ser consideradas responsables y castigadas severamente, incluidos los funcionarios que tienen a su cargo el lugar de detención en que se considere que ha tenido lugar el acto prohibido.
C.- Más aun, debió ampliar su investigación y solicitar información de las autoridades competentes y el nombre de los policías involucrados, o de las  personas que le infligieron las lesiones al suscrito, lo cual no hizo.
D.- Aunado a lo anterior la declaración de 4 de noviembre del suscrito no es válida al ser arrancada con tortura y tratos crueles y degradantes.
“15.- Todo Estado parte se asegurará de que ninguna declaración que se demuestre que ha sido hecha como resultado de tortura pueda ser invocada como prueba en ningún procedimiento, salvo en contra de una persona acusada de tortura como prueba de que se ha formulado la declaración.”
De igual forma los hechos debieron investigarse en el ámbito penal en contra de quien resultara responsable, pues en el caso, se actualizaba la probable comisión de ilícitos, tales como el Abuso de Autoridad, Incumplimiento de un Deber Legal y Lesiones que tardan en sanar menos de 15 días.
13.- Se considera que todo lo anterior le vino al suscrito como un atentado a la libertad de expresión al tratarse del suscrito de un periodista y locutor de radio a fin de que la voz del que habla fuera acallada. No existe otra explicación.
14.- El Agente del Ministerio Público Especializado en Delitos Sexuales y Violencia Intrafamiliar asienta hechos falsos al decir en el Acta del 4 de noviembre de 2009 que dicha Agente recibe una llamada de Claudia Leyva madre de la menor Dania Osuna, misma menor que resulta ofendida dentro de la averiguación previa en control preliminar número 1259/2009…”que iban a ir a un hotel para el lado de Providencia con la finalidad de tener relaciones sexuales con la menor”, en virtud de que ella Claudia Leyva  sabía que su hija no tenía intención de tener relaciones sexuales y que todo estaba armado para aprehender a Abraham López Otero y Oscar Ortiz Covarrubias, y que Claudia Leyva solo estaba ejecutando el plan acordado con Dania.
15.- Igualmente falsa es la DILIGENCIA DE INSPECCIÓN OCULAR Y FE MINISTERIAL DEL LUGAR DE HECHOS, DE PERSONAS, DE OBJETOS Y DE VEHÍCULO DE 4 DE NOVIEMBRE DE 2009 en la que el  Agente del Ministerio Público Especializado en Delitos Sexuales y Violencia Intrafamiliar  consigna que “nos trasladábamos a fin de brindarles protección y auxilio”, cuando dicho agente desde el 22 de octubre de 2009 ya sabía del plan de aprehender al suscrito por parte de Claudia y Dania, y debió en ese entonces impedir dicho plan, pero al contrario, dicha Agente se involucró en el mismo cuando sabía que no había tal delito de trata de personas, toda vez que DANIA GUADALUPE OSUNA nunca intervendría en una relación sexual con el suscrito ni con OSCAR, sino solo haría una simulación, una FARSA como simulado es todo lo que se hizo el 4 de noviembre de 2009.
Es por eso que es falso lo que consignó el Agente del Ministerio Público Especializado en Delitos Sexuales y Violencia Intrafamiliar en dicha acta: ”PRESUNTOS RESPONSABLES LOS CUALES SE ENCUENTRAN COMETIENDO LA CONDUCTA TIPICA DEL DELITO DE TRATA DE PERSONAS, YA QUE DE MANERA LIBRE Y VOLUNTARIA, LOS ACTIVOS DESPLEGARON CONDUCTAS MEDIANTE LAS CUALES SE INDUJO, PROMOVIÓ, FACILITÓ, TRASLADÓ, CONSIGUIÓ, OFRECIÓ, ENTREGÓ Y RECIBIÓ A LA MENOR DE EDAD DE NOMBRE DANIA GUADALUPE OSUNA LEYVA, CON EL FIN DE SOMETERLA A LA EXPLOTACION SEXUAL, APROVECHANDOSE DE SU CONDICIÓN DE VULNERABILIDAD DADAS SU CONDICIÓN DE SER MUJER, MENOR DE EDAD, CONTROLANDO SU VOLUNTAD PARA TENER CON ELLA RELACIONES SEXUALES, CON LA INTENCION DE SOMETERLA A CONDICIONES DE EXPLOTACION SEXUAL, CONSIGUIENDO QUE SOSTUVIERA RELACIONES SEXUALES A CAMBIO DE PAGA…”.
Pero lo consignado por el Agente del Ministerio Público Especializado en Delitos Sexuales y Violencia Intrafamiliar en dicha acta es desvirtuado por lo dicho por DANIA GUADALUPE OSUNA LEYVA:
AUNQUE YO NO QUERÍA (NO HABÍA INTENCIÓN NI VOLUNTAD) TENER RELACIONES SEXUALES CON ABRAHAM  NI CON SU AMIGO FERNANDO Y NUNCA LO HARÍA (NO SE CONCRETARÍA RELACIÓN SEXUAL ALGUNA NI HABRÍA TRÍO)… (FOJA 88)
NO PUEDE EXISTIR UN DELITO SIN VÍCTIMA, Y EN EL PRESENTE CASO NO EXISTE VÍCTIMA, VIRTUD QUE EN NINGÚN MOMENTO DANIA GUADALUPE OSUNA TENÍA INTENCIONES DE TENER RELACIONES SEXUALES, MUCHO MENOS DE SER SOMETIDA A EXPLOTACIÓN SEXUAL, NI FUE CONTROLADA SU VOLUNTAD PARA TENER CON ELLA RELACIONES SEXUALES, MUCHO MENOS QUE HAYA SIDO CONSEGUIDA PARA QUE SOSTUVIERA RELACIONES SEXUALES A CAMBIO DE PAGA como lo afirmó sin fundamento el Agente del Ministerio Público Especializado en Delitos Sexuales y Violencia Intrafamiliar de Ciudad Obregón.
Asimismo dichas palabras reafirman el plan que fue creado desde el 22 de octubre de 2009 y que la escena del hotel fue creada exprofeso desde esa fecha.
Asimismo es falso lo dicho por el Agente de que “ESTOS FUERON DETENIDOS AL MOMENTO DE ESTAR COMETIENDO LA CONDUCTA DELICTIVA YA MENCIONADA”, en virtud de que dicho delito nunca se dio.
Pero aun así el Ministerio Público señalado dio inicio a un procedimiento penal en mi contra y le imputó un delito grave y SE ME DETUVO SIN FUNDAMENTO LEGAL permitió que el suscrito fuera golpeado por los Agentes de la Policía Estatal Investigadora y permitió que fuera arraigado sin tener fundamento alguno y permitió que se le siguiera un proceso sin fundamento alguno.
Por lo que existe una integración deficiente y amañada de la averiguación previa por parte del Ministerio Público especializado en delitos sexuales y violencia intrafamiliar al permitirle a la ofendida cambiar a su gusto las declaraciones con fechas de 22 de octubre de 2009, 4 de noviembre y 10 de noviembre de 2009.
16.- Por lo que el suscrito me encuentro preso como consecuencia de un procedimiento viciado y una acusación falsa de parte de Claudia Leyva Ortega madre de la menor Dania Osuna entre quienes hubo el acuerdo de crear el delito y fabricar pruebas, seguido dicho procedimiento en contra de las garantías de legalidad y seguridad jurídica. 
17.- El Juez Penal dejó de aplicar el artículo 1 fracción II del Código Procesal Penal Sonorense el cual establece que el procedimiento en materia penal tiene cuatro periodos:
“II.- El de instrucción que comprende las diligencias practicadas por los tribunales con el fin de averiguar la existencia de los delitos, las circunstancias en que hubieren sido cometidos y la responsabilidad o irresponsabilidad de los inculpados:”
Esto es, el Juez tiene la obligación de averiguar lo siguiente:
A.- Averiguar la existencia de los delitos. Lo cual no hizo de averiguar la existencia del delito de trata de personas, si realmente se dio o no.
En el presente caso el Juez Cuarto Penal no analizó DE MANERA CONVENIENTE SI EL ÓRGANO DE ACUSACIÓN PROBÓ EFICAZMENTE, SIN DUDA ALGUNA, LA EXISTENCIA DEL DELITO Y LA RESPONSABILIDAD DEL IMPUTADO, ni el Juez Penal averiguó la existencia del delito de trata de personas.
B.- Las circunstancias en que hubieren sido cometidos; En ningún momento en el proceso el Juez determinó la forma o las circunstancias en que fue cometido el delito de trata de personas. Es decir, cómo se llegó a ese delito.
 C.- La responsabilidad o irresponsabilidad de los inculpados: se limitó a declarar la responsabilidad penal del suscrito pero no motivó las razones para declarar dicha responsabilidad.
“II.- El de juicio durante el cual el Ministerio Público precisa su acusación y el acusado su defensa ante los Tribunales y éstos valoran las pruebas y pronuncian sentencia definitiva.”
El Juez Penal no valoró las pruebas de querella y declaración de la ofendida de 22 de octubre de 2009 en la cual dichas personas se contradicen y Dania reconoce que no tenía intención de tener relaciones con el suscrito y que todo era una farsa.
El Juez Penal no valoró las pruebas de ampliación de querella y ampliación de declaración de la ofendida de 4 de noviembre de 2009 en la cual dichas personas se contradicen y Dania reconoce que no tenía intención de tener relaciones con el suscrito y que todo era una farsa.
El Juez Penal no valoró conforme a derecho las pruebas de los mensajes de los celulares los cuales son desvirtuados con la ampliación de declaración de la ofendida de 4 de noviembre de 2009 en la cual Dania reconoce que no tenía intención de tener relaciones con el suscrito y que todo era una farsa.
El Juez Penal no valoró las pruebas de comparecencia de la ofendida de 10 de noviembre de 2009 en la cual Dania se desdice de la declaración de 22 de octubre de 2009, lo cual afecta también la declaración ante las sicólogas.
El Juez Penal no valoró conforme a derecho las pruebas de acta de 4 de noviembre de 2009 de conocimiento de hechos y diligencia de inspección ocular y fe ministerial del lugar de hechos, de personas, de objetos y de vehículo de 4 de noviembre de 2009 en la que se asienta que el suscrito tendría relaciones sexuales con Dania, pero ella confiesa que nunca tendría relaciones sexuales, por lo que dicha acta asienta hechos falsos.
El Juez Penal no valoró conforme a derecho las pruebas de testimoniales de Víctor Manuel Gallegos Leyva, José Antonio Osuna Picos, Christian Jazmín Gómez Cárdenas y Citzy Karen Téllez González.
Correspondía al Juez Cuarto Penal, exclusivamente, resolver si un hecho es o no delito, según lo obliga el artículo 4 del Código Procesal Penal Sonorense, lo cual evadió el Juez Penal en el caso, en el que nunca determinó ni resolvió si los hechos suscitados el 4 de noviembre de 2009 eran o no delito de trata de personas. 
La regla en proceso penal es que ningún hecho esté exento de prueba, ni siquiera los que admita el imputado mediante confesión. No puede haber presunciones de hecho o de hombre.
Según el Juez Penal, se cometieron dos delitos con pluralidad de conductas en distintos hechos, sin embargo desestima el testimonio de ANTONIO ULLOA MORALES diciendo que se refiere a hechos distintos, cuando dicho testimonio fue referente a la corrupción de menores, al manifestar dicho testigo la conducta de Dania. Son tantos hechos los manifestados por Claudia Guadalupe Leyva Ortega y Dania Guadalupe Osuna Leyva y tan imprecisos al no manifestar claramente el día, hora y año en que los mismos sucedieron, ni el nombre de las personas a que hizo referencia y su domicilio, lo cual me dejó en estado de indefensión. 
Aunado a lo anterior hay hechos afirmados y no probados, tales como el día, hora y año de las relaciones sexuales del suscrito con Dania Osuna Leyva, el día, hora y año y lugar en que supuestamente fumó el primer cigarro y se tomó la primer bebida sky junto con el suscrito. Por lo que por todo lo anterior el Juez debió   absolver al suscrito.
DIECIOCHO
El Juez Penal omitió ordenar la práctica de careos procesales al advertir contradicciones sustanciales entre Claudia Guadalupe Leyva Ortega y Dania Guadalupe Osuna Leyva, al no hacerlo así, incurrió en violación de garantías.
DIECINUEVE
El Juez Penal omitió apreciar que la confesión del suscrito carece de valor probatorio por sí sola cuando estuvo detenido durante más de cinco días, sin ser puesto a disposición del juez respectivo, lo cual hace presumir coacción moral en el rendimiento de su declaración, además de la coacción física y violencia. En efecto, me detuvo el Ministerio Público el 4 de noviembre de 2009 y hasta el día 20 de noviembre de 2009 se me consignó al juez penal.

Generales y coroneles en activo acusan al gobierno de Felipe Calderón de desarticular al Ejército Mexicano. Los arraigos ordenados contra exmandos superiores de la Secretaría de la Defensa Nacional, y los amagos contra decenas de militares más, no buscarían limpiar una institución penetrada por el narcotráfico, sino apuntalar al actual subsecretario Gaytán Ochoa como el próximo secretario de la Defensa. El general de división ya cuenta con el aval de Estados Unidos y buscaría imponerse al candidato triunfador de las elecciones del 1 de julio. Generales en retiro y especialistas en Fuerzas Armadas y seguridad nacional aseguran que Calderón dejará un Ejército dividido, desprestigiado y débil frente a las presiones de los poderes civiles y militares estadunidenses

El operativo con el que se detuvo y arraigó a tres generales y un teniente coronel en mayo pasado habría sido supervisado por otro militar: el poderoso subsecretario de la Defensa Nacional, Carlos Demetrio Gaytán Ochoa. De acuerdo con generales y coroneles en activo consultados por Contralínea, el general de división diplomado de estado mayor habría coordinado, junto con el titular de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), Genaro García Luna, el golpe de tres bandas con resultados exitosos para su causa: sortear los obstáculos que pudieran impedirle asumir la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) el próximo sexenio.
“El grupo del general Gaytán Ochoa festeja porque todo le salió bien”, aseguran militares en activo que accedieron a hablar con Contralínea a condición de que, sus nombres se mantuvieran bajo reserva.
Según las fuentes castrenses, el golpe contra los exmandos superiores Tomás Ángeles Dauahare y Ricardo Escorcia Vargas –además de Roberto Dawe e Isidro de Jesús Hernández– habría sido objetado por el general secretario de la Defensa Nacional, Guillermo Galván Galván, y por el propio presidente de la República, Felipe Calderón. La causa, los costos que pagaría la institución: desprestigio social e inestabilidad interna.
Gaytán Ochoa se habría encargado de convencer al titular de la Sedena; y García Luna, al Ejecutivo federal.
Y es que el general de división diplomado de estado mayor en retiro Tomás Ángeles Dauahare –quien contaba con prestigio y liderazgo entre la comunidad castrense– había cometido cuatro “faltas” desde que él mismo se desempeñaba como subsecretario de la Defensa durante los dos primeros años del calderonismo: se opuso a la creación de una fuerza militar continental, como lo había propuesto Estados Unidos y, en términos generales, se oponía a lo que consideraba la “injerencia” de ese país en los asuntos internos de México; criticaba severamente la “guerra” contra el narcotráfico y aseguraba que el gobierno de Felipe Calderón no contaba con estrategia alguna; se había acercado al priísmo, con el que incluso se mostraba obsequioso; y, finalmente, había iniciado una investigación –con medios propios y al parecer por encargo del equipo de Enrique Peña Nieto– de los grupos y los intereses al interior del Ejército Mexicano. Esa investigación lo habría llevado a reunirse con el general Mario Arturo Acosta Chaparro precisamente un día antes de que este último fuera
asesinado el 20 de abril, y un día antes de que se concretara una nueva cita.
La operación en la Procuraduría General de la República (PGR) se habría realizado a través de un teniente coronel, comisionado de la Sedena en esa dependencia.
El golpe es “contra la institución”
“La peor derrota al Ejército Mexicano se la impuso Felipe Calderón”, sentencia Guillermo Garduño. El sociólogo especialista en seguridad nacional y Fuerzas Armadas se refiere al arraigo dictado contra los generales y el teniente coronel en la tercera semana de mayo pasado.
Los especialistas y militares consultados por Contralínea señalan que las detenciones constituyen un embate contra el Ejército Mexicano como institución. Aseguran que más allá de la inocencia o culpabilidad de los militares procesados, los tiempos y las formas de las detenciones revelan que las acciones persiguen fines políticos del grupo que encabezan el propio presidente de la República, Felipe Calderón, y el secretario de Seguridad Pública, Genaro García Luna.
Jorge Luis Sierra –especialista en Fuerzas Armadas egresado del Centro Hemisférico de Estudios de la Defensa, de la Universidad de la Defensa Nacional en Washington– considera que las disputas al interior del
gabinete de Felipe Calderón podrían ser el origen de los golpes propinados al Ejército.
Agrega que en esas disputas, el propio presidente de la República habría tomado una posición para favorecer a un grupo, pues en temas de tal trascendencia el titular del Ejecutivo “tendría que ser avisado y él mismo debería autorizar si se procede contra militares de alto rango, como este caso”.
En tan sólo tres días y en pleno proceso electoral para definir al próximo gobierno de la República, los militares –quienes ocuparon mandos superiores en la Secretaría de la Defensa Nacional– fueron detenidos y arraigados por supuestos nexos con la delincuencia organizada, en particular con el cártel de los hermanos Beltrán Leyva. En esos días la PGR advirtió de manera inmediata que las investigaciones que involucran a efectivos militares continuaban.
La mañana del 16 de mayo, en plena campaña electoral, la mayoría de los medios de circulación nacional destacaron las detenciones, la noche anterior, del general de división retirado Tomás Ángeles Dauahare y del general brigadier de estado mayor, en activo, Roberto Dawe González. Un día después, el 17, serían detenidos el general de división retirado Ricardo Escorcia  Vargas y el teniente coronel de caballería retirado Silvio Isidro de Jesús Hernández Soto.
Exmandos superiores, arraigados
La tarde del 15 de mayo pasado, el general de división diplomado de estado mayor en retiro Ángeles Dauahare se convirtió en el militar de mayor rango detenido por supuestos vínculos con el narcotráfico. Aunque otros generales de división han sido procesados por los delitos de delincuencia organizada, ninguno de ellos había llegado a ser subsecretario de la Defensa.
Además, Ángeles Dauahare, de 69 años, fue comandante de dos batallones de infantería (el 27 y el quinto); jefe de la Sección Quinta del Estado Mayor de la Defensa Nacional, encargada de los planes estratégicos; jefe de Estado Mayor de la 23 zona militar; secretario particular del secretario de la Defensa Nacional (Enrique Cervantes Aguirre, durante el sexenio de Ernesto Zedillo); director del Heroico Colegio Militar y director general del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas. También se desempeñó como agregado de Defensa Militar y Aérea en la embajada de México en Estados Unidos.
En una reunión privada, ocurrida a inicios de junio, Cervantes Aguirre se refirió al general Ángeles Dauahare como “un hombre honesto y limpio”. También manifestó su “profundo pesar” por lo que le ocurría a su antiguo secretario particular”.
Desde que fue secretario del general Enrique Cervantes, se vinculó a los asuntos de inteligencia, particularmente a los de la lucha contra el narcotráfico. Egresó del Heroico Colegio Militar el 1 de enero de 1964. También cursó en la Escuela Superior de Guerra la licenciatura en Administración Militar. Al interior del Ejército se considera que ha llevado una vida austera.
La misma noche del 15 de mayo fue detenido un militar de alto rango en activo: el general brigadier diplomado de estado mayor Roberto Dawe González, quien fungía, hasta el momento de su detención, como jefe de Estado Mayor de la 20 zona militar en Colima. Se había desempeñado hasta 2010 como jefe de Estado Mayor de Guardias Presidenciales. En 2007 había sido acusado por subordinados de supuestos hechos de corrupción que incluían la venta de vehículos propiedad de las Fuerzas Armadas.
El 17 sería detenido por policías militares el general de división diplomado de estado mayor retirado Ricardo Escorcia Vargas. En su carrera castrense, llegó a ser comandante de la tercera región militar, con sede en Sinaloa, y de la 24 zona militar, con sede en Morelos. En su momento, fue señalado de inoperancia ante el aviso, por parte de la agencia antidrogas estadunidense (DEA, por su sigla en inglés), del aterrizaje de una avioneta con cocaína en Xochitepec el 28 de diciembre de 2007. Egresó del Heroico Colegio Militar en 1967.
También el 17 de mayo sería detenido el teniente coronel de caballería retirado Silvio Isidro de Jesús Hernández Soto. Llegó a ser subjefe de escoltas en la Residencia Oficial de Los Pinos. Durante el sexenio de Vicente Fox se desempeñó como inspector general en la Policía Federal. Fue director de la Policía Ministerial de Sinaloa y recientemente director de la Agencia Veracruzana de Investigaciones. En 2006 formó parte del equipo de seguridad que se encargó de la custodia del candidato a la Presidencia de la República por la coalición Por el Bien de Todos, Andrés Manuel López Obrador, bajo las órdenes del general de brigada Audomaro Martínez Zapata.
Los cuatro exmandos superiores del Ejército Mexicano han sido presentados ante la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada (SIEDO) al ser vinculados por el testigo protegido Jennifer con los hermanos Beltrán Leyva. De la averiguación previa PGR/ SIEDO/EUIDCS/0241/2008 se desprenden las órdenes de localización y presentación y las órdenes de arraigo. Jennifer ha señalado a los generales y al teniente coronel como colaboradores de los Beltrán cuando éstos integraban una facción del cártel de Sinaloa, encabezado por Joaquín Guzmán Loera, el Chapo. Ahora los Beltrán, aliados a Los Zetas, mantienen una lucha sangrienta contra el cártel de Sinaloa por el control de las “plazas”, como llaman los narcotraficantes a los territorios donde trasiegan y comercializan drogas.